Remesas Familiares
Recaudos para Remesas Familiares y Condiciones Exigidas para la Consignación de Documentos
Para los Usuarios en Venezuela
Si el usuario es Venezolano:
- Original del Acta de Consignación de Documentos FORMACADIVI 351-01.
- Original de la planilla “Solicitud de Registro y Autorización de Adquisición de Divisas para Remesas a Familiares Residentes en el Exterior” (Rusad-033).
- Copia de la Cédula de Identidad, Ampliada a Tamaño Carta a media carta, Vigente, Emitida por la República Bolivariana de Venezuela.
- Original de la Constancia de Residencia.
- Actualizada cada seis (06) meses o bien a su vencimiento, si fuere menor al tiempo establecido. (Debe ser emitida por alguna de estas autoridades: Gobernación, Alcaldía, Prefectura, Junta Parroquial, Consejo Comunal, Junta Comunal emitido por el Consejo Municipal, entre otras)
- Original de la Constancia de Trabajo o Certificación de Ingreso. Esta debe ser en base a los últimos (06) seis meses y no debe tener mas de 30 dias de emitida
- Para la Constancia de Trabajo: Debe expresar la identificación completa del patrono, sellada y firmada, donde indique el sueldo o salario percibido, y debe tener por lo menos 6 meses de antiguedad laboral en dicha empresa
- Para la Certificación de Ingresos: Con no más de 30 días de expedida, emitida por un contador público colegiado, sobre la base de los 6 últimos meses, actualizada cada 6 meses o bien a su vencimiento, si fuere menor al tiempo establecido.
- Original de los últimos 6 estados de Cuenta Bancarios. Cuando registre tres (03) ó más beneficiarios.
- Dichos estados de cuenta deben ser emitidos sobre la base de los últimos 6 meses anteriores a la fecha de solicitud.
- Deben poseer el sello húmedo de la Institución Financiera.
- Copia del documento que demuestre el vínculo con el beneficiario.
- Para relaciones padre/hijo: Acta de nacimiento o Partida de Bautismo
- Para relaciones conyugales: Acta de matrimonio
- Este documento no necesita estar legalizado y/o apostillado, debido a que el documento lo emite una autoridad de la República Bolivariana de Venezuela.
- Otros Documentos (Original y Copia según sea el caso).
Para los Usuarios Extranjeros
- Copia de la Cédula de Identidad
- Ampliada Tamaño Carta a media carta
- Vigente
- Emitida por la República Bolivariana de Venezuela.
- Copia del documento que demuestre el vínculo con el beneficiario.
- Este documento debe estar traducido por un intérprete público si se encuentra en idioma diferente al castellano, debidamente legalizado ó apostillado en el país de su emisión ó suscripción.
Recaudos del Beneficiario
Si el beneficiario es extranjero:
- Copia del Instrumento Legal que lo identifique.
- Copia Ampliada Tamaño Carta a media hoja.
- Original de la Constancia de Residencia Legalizada ó Apostillada.
- La Constancia de Residencia debe ser emitida por la autoridad local competente, así mismo debe estar traducida por un interprete público autorizado, en caso de encontrarse en un idioma distinto al castellano y debe estar legalizada por el consulado de la República Bolivariana de Venezuela.
- Para los casos en que se apostille, este trámite debe realizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, del país donde se emitió el documento.
- Otros Documentos (Original o Copia según sea el caso).
- Los países que no integran el convenio de La Haya no pueden apostillar – estos países son:
- Perú, China entre otros (A Excepción de Macao, y Hong Kong porque anteriormente eran una colonia británica).
- Los países que integran el convenio de La Haya y que pueden apostillar son los siguientes:
- Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyan (02/03/05), Bahamas, Barbados, Belarus, Bélgica, Belice, Bosnia-Herzegovina, Bostwana, Brunei-Darusalan, Bulgaria, Chipre, Colombia, Cook Islas, Croacia, Dominica, Ecuador (02/04/05), El Salvador, Eslovenia, España, E.E. U.U, Estonia, Fidji, Finlandia, Francia, Granada, Grecia, Honduras, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macao, Macedonia, Malawi, Malta, Marshall Islas, Mauricio Isla, México, Mónaco, Namibia, Nive Isla, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Polonia (14/08/05), Portugal, Reino Unido, República Checa
Si el Beneficiario es Venezolano residenciados en el Exterior:
- Copia de la Cédula de Identidad ó Pasaporte.
- Ampliada Tamaño Carta a media hoja.
- Puede estar vencida ó en su defecto
- Pasaporte
- Copia, Vigente
- Emitido por la República Bolivariana de Venezuela ó la Comunidad Andina.
- Original de Registro Consular o Fé de Vida o Constancia de Residencia.
- Registro Consular o Fé de Vida expedido por el consulado venezolano en el país de residencia del beneficiario.
- Original de la Constancia de Residencia Legalizada ó Apostillada
- La Constancia de Residencia debe ser emitida por la autoridad local competente, así mismo debe estar traducida por un interprete público autorizado, en caso de encontrarse en un idioma distinto al castellano y debe estar legalizada por el consulado de la República Bolivariana de Venezuela o por el consulado del país en Venezuela.
- Para los casos en que se apostille, este trámite debe realizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, del país donde se emitió el documento.